MULTAS, PRISIÓN Y HASTA DEPORTACIÓN: Nuevos requisitos para extranjeros en Estados Unidos…

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• A partir del 11 de abril, hasta los portadores de ‘green card’ (tarjeta de residente legal) deberán cargar su documento, entre otros requerimientos.

El viernes 11 de abril entran en vigor nuevos requisitos de “registro, porte de papeles y cambio de dirección” ordenados por la administración del presidente de Estados Unidos, Donald Trump, y que aplicará a todos los extranjeros (incluidos los que tienen residencia legal) que se encuentren en territorio estadounidense. La gran novedad dentro de los requisitos, como está articulado en la Regla Final Interina (IFR por su sigla en inglés) radicada por el Departamento para la Seguridad Interna (DHS) en Registro Federal, son las multas de hasta 5.000 dólares, prisión por 6 meses y hasta posible deportación para todos lo que incumplan.
Las medidas emanan de la orden ejecutiva 14159 firmada por el presidente Trump el 20 de enero para “proteger a los estadounidenses de una invasión”.
Muchos de los requisitos no son nuevos y emanan de dos leyes previas: el Acto para la Inmigración y la Nacionalidad de 1942 y el Sistema de Registro para el Ingreso por Seguridad Nacional del año 2002, que exigían la documentación de extranjeros pero que no se aplicaban en su integridad y, aun cuando se hacía, las sanciones no eran severas.

¿QUÉ ES DIFERENTE AHORA?

Lo diferente ahora es la interpretación que hace Trump de estas normas, su aplicación con todo el rigor de ley, y las graves consecuencias por no cumplirlas. En líneas generales, la IFR establece criterios para el registro de extranjeros, el porte de documentos en espacios públicos y cualquier cambio en el domicilio. Las autoridades han advertido que no se harán excepciones, ni siquiera para los residentes permanentes y que quien sea detenido sin alguno de estos documentos podría terminar arrestado varios días mientras los allegados presentan el documento oficial y se procesa el pago de multas. El otro ajuste sustancial bajo las nuevas normas de Trump es que relacionado con un cambio de domicilio. De ahora en adelante, cualquier ciudadano extranjero (incluidos los residentes permanentes) tiene 10 días para reportar al USCIS un cambio de residencia. La notificación debe ser “por escrito” e incluir la dirección y otros datos del nuevo domicilio. No cumplir con la exigencia se considerará un delito castigado con una multa de 5.000 dólares y prisión de hasta un mes. Adicionalmente, dice la nueva norma, “cualquier extranjero que no haya cumplido con los requisitos de notificación de cambio de dirección del Título 8 del Código de Estados Unidos, Sección 1305, es deportable a menos que el extranjero demuestre que dicho incumplimiento fue razonablemente excusable o no fue intencional”.

LA EXCEPCIÓN

Los únicos extranjeros viviendo legalmente en Estados Unidos que están exentos de reportar un cambio de dirección o de sanciones por no portar documentos son: los diplomáticos y empleados de instituciones internacionales como la ONU, el Banco Mundial o el BID que cuentan con visas A o G.
•Pero, incluso a estos se les recomienda cargar en todo momento con su pasaporte para evitar un mal rato con las autoridades estadounidenses.

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